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GASTOS JURIDICOS
ASEGURADOS:
Límite de gastos jurídicos asegurados: 3.000 euros.
En caso de un siniestro que afecte a varias garantías, el
límite máximo de gastos para el conjunto de los pagos del siniestro será de
3.000 euros. En las garantías en que se defienda la responsabilidad penal del
Asegurado, el límite máximo de Fianzas será de 3.000 euros.
GARANTIAS:
1.- RECLAMACION DE DAÑOS.
2.- DEFENSA PENAL.
3.- ASISTENCIA JURIDICA TELEFONICA
4.- CONTRATOS LABORALES
OBJETO DEL
SEGURO:
Mediante la presente Póliza se garantiza la protección de los
intereses del Tomador, en el ámbito de la actividad profesional descrita en la
misma, en relación con el ejercicio de los derechos que se indican seguidamente,
y con el contenido que se concreta en la descripción de cada uno de los riesgos
asegurados.
PLAZOS DE
CARENCIA:
El plazo de carencia es el tiempo en que, vigente el seguro, si
se produce un siniestro no está garantizado.
En los derechos relativos a materia contractual, el plazo de
carencia será de seis meses a contar desde la fecha en que entró en vigor el
seguro.
No habrá cobertura si al momento de formalizar esta póliza, o
durante el plazo de carencia, se rescinde por alguna de las partes el contrato
origen del litigio o se solicita su resolución, anulación o modificación.
GARANTIAS:
1.- RECLAMACION DE
DAÑOS:
Esta garantía comprende la defensa de los intereses del
Tomador, reclamando los daños de origen no contractual que haya sufrido, tanto
en su persona como en las cosas muebles de su propiedad, instaladas en el local
descrito en las Condiciones Particulares, ocasionadas por imprudencia o
dolosamente.
Se extiende la presente garantía a la reclamación de daños y
perjuicios sufridos por el asegurado en su calidad de peatón o como pasajero de
cualquier medio de transporte terrestre, siempre que se produzcan con ocasión
del ejercicio de la actividad profesional a que se refiere la presente
póliza.
2.- DEFENSA PENAL:
Esta garantía comprende la defensa penal del asegurado en
procesos que se le sigan por imprudencia, impericia o negligencia, relacionada
con la actividad profesional del Tomador descrita en la póliza.
Se extiende la presente garantía a la defensa penal del
asegurado en su calidad de peatón o como pasajero de cualquier medio de
transporte terrestre, siempre que el evento se produzca con ocasión del
ejercicio de la actividad profesional a que se refiere la presente póliza.
3.- ASESORAMIENTO JURIDICO
TELEFONICO:
Comprende la Asistencia Jurídica Telefónica del Asegurado, ante
una contingencia, sobre todas aquellas cuestiones juridicas que se susciten en
el ámbito de los posibles conflictos que son objeto del seguro, que requieran
del consejo de un abogado, para defender de la mejor forma posible sus
derechos.
La asistencia la prestará el Asegurador en el teléfono que se
facilitará al Asegurado.
4.- CONTRATOS
LABORALES:
Esta garantía comprende la defensa de los intereses del Tomador
como demandado o demandante en relación directa con un conflicto laboral, de
carácter individual, promovido por alguno de sus asalariados, debidamente
inscrito en el régimen de la Seguridad Social, que deba sustanciarse
necesariamente ante los Organismos de Conciliación, Magistratura de Trabajo o
Tribunal Supremo.
Se excluyen los litigios relacionados con el Instituto Nacional
de la Seguridad Social, Montepíos y Mutuas de Accidentes de Trabajo, aunque en
tales supuestos, una vez agotada la vía administrativa, fuera necesario acudir a
la jurisdicción laboral.
5.- EXTENSION DE
GARANTIAS:
Se extienden las garantías descritas en este proyecto al ámbito
de la vida privada del tomador y de su unidad familiar.
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